USO · Sección Sindical UEx
La carrera profesional horizontal del PTGAS, explicada con claridad
Toda la información sobre la carrera profesional horizontal del personal técnico, de gestión y de administración funcionario de la Universidad de Extremadura: niveles, méritos, evaluación del desempeño y el nivel extraordinario sénior.
Revisión documental: 23 de septiembre de 2026 · Fuentes: Normativa de carrera profesional (DOE 174, pp. 38900-38932) · Reglamento de evaluación del desempeño (DOE 174, pp. 38933-38953) · Plan de Valoración (DOE 89, de 11/05/2023)
Ya puedes solicitarla: modelos oficiales disponibles
La Gerencia ha publicado, con fecha 21 de septiembre de 2026, los modelos oficiales para solicitar la carrera profesional: reconocimiento de nivel (proceso de valoración), regularización del nivel y tramo sénior. Las solicitudes se presentan por Registro, presencial o electrónico, dirigidas a la Sección de Gestión del PTGAS (código DIR3: U00200122). Hemos preparado una guía con qué modelo corresponde a cada situación, cómo se cumplimenta y qué justificantes pide cada uno.
Qué es
Reconocimiento profesional sin cambiar de puesto
La carrera profesional horizontal permite progresar —y cobrar más— sin necesidad de cambiar de puesto de trabajo ni de Grupo o Subgrupo. Es voluntaria, individual, de acceso gradual, retribuida (salvo el nivel inicial) e irreversible (solo la sanción de demérito prevista en la Ley de Función Pública de Extremadura puede hacer retroceder).
PTGAS funcionario · UEx
Carrera profesional horizontal
Voluntaria, individual y retribuida. Se progresa sin cambiar de puesto de trabajo.
- 5 niveles ordinarios Nivel Inicial, sin retribución, y cuatro niveles retribuidos. Se recorren en orden, uno a uno.
- 26 años de permanencia mínima 5 años en el Inicial y 7 en cada uno de los niveles Uno, Dos y Tres para alcanzar el Nivel Cuatro.
- Tres requisitos para subir Permanencia mínima en el nivel, puntuación en el baremo de méritos y evaluación del desempeño positiva, hoy con exención transitoria.
- El nivel sénior, aparte Complemento extraordinario y adicional, independiente de la escala ordinaria y con requisitos propios (anexo I).
Estructura
El itinerario ordinario: de Inicial a Nivel Cuatro
La carrera ordinaria se recorre en orden, nivel a nivel. El tiempo mínimo en cada nivel es de 5 años (Inicial→1) y 7 años en cada salto posterior hasta el Nivel Cuatro (art. 14.1). El nivel sénior no forma parte de esta secuencia: es un nivel extraordinario con requisitos propios.
Sin retribución
5 en total
12 en total
19 en total
26 en total
Aparte del itinerario: el nivel extraordinario sénior
Fuente: arts. 8 y 14.1 y anexo I, apartados 1 a 3, de la normativa publicada en el DOE 174, de 9/09/2026.
Cómo se progresa
Tres requisitos para subir de nivel
Para acceder a un nivel superior debes cumplir los tres a la vez, en la fecha de solicitud (artículo 12 de la normativa).
Permanencia mínima
5 años en el Nivel Inicial para pasar al Uno; 7 años en cada nivel siguiente (art. 14.1). Computa cualquier periodo prestado en la UEx o susceptible de valoración conforme a la Ley 70/1978 en las situaciones del art. 14.2, así como los puestos de la misma especialidad en otras Administraciones (art. 15.1). Tras una promoción interna, la progresión continúa en el nuevo Grupo o Subgrupo teniendo en cuenta el tiempo de trabajo efectivo en el anterior (art. 15.2).
Puntuación de valoración
Alcanzar la puntuación mínima en el baremo de méritos: formación, transferencia e innovación, y puestos de especial desempeño. La puntuación mínima concreta se fija en el Plan de Valoración que resulte aplicable, aprobado por la Gerencia previa negociación sindical.
Evaluación del desempeño
Con carácter general, que el número de evaluaciones favorables durante el periodo de permanencia en el nivel inferior supere al de desfavorables (art. 33.2). La disposición transitoria primera mantiene una exención transitoria: mientras se habilitan los medios para implantar completamente la evaluación, obtener un resultado positivo no es requisito necesario para progresar.
La solicitud de reconocimiento de nivel se dirige a la Gerencia en cualquier momento posterior al cumplimiento de los requisitos, en modelo normalizado (art. 10.3); el plazo de resolución es de seis meses y, si no hay resolución expresa, se entiende desestimada (art. 10.4). Los efectos administrativos se retrotraen a la fecha de la solicitud y los económicos, cuando correspondan, comienzan el mes siguiente (art. 10.5). La regularización de la DT segunda tiene una regla de efectos distinta: consúltala aquí.
Explora
Todo lo que necesitas saber
Cada sección de esta guía cubre un aspecto de la carrera profesional en detalle.
Los niveles, uno a uno
Fichas detalladas de cada nivel: requisitos de acceso, retribución y permanencia para el siguiente tramo.
Méritos y baremo
Puntuación por formación, idiomas, títulos académicos, docencia, innovación, puestos especiales y más.
Evaluación del desempeño
Cómo funciona: áreas de valoración, indicadores, mínimos por área, calendario de implantación y efectos sobre la carrera.
Nivel sénior
El nivel extraordinario del anexo I: quién puede solicitarlo, cómo se calcula la cuantía y el régimen transitorio 2026-2029.
Preguntas frecuentes
Las dudas más habituales resueltas: solicitudes, plazos, compatibilidades, promoción interna y más.
Modelos de solicitud
Qué modelo corresponde a cada situación, cómo se cumplimenta, qué justificantes pide y cómo se presenta.
Marco normativo
En qué se basa
La carrera profesional horizontal del PTGAS de la UEx se asienta sobre el siguiente marco legal.
- EBEP — RDL 5/2015Texto refundido del Estatuto Básico del Empleado Público (carrera profesional, art. 17; evaluación del desempeño, art. 20).
- Ley 13/2015, de Función Pública de ExtremaduraCarrera profesional horizontal (art. 105) y evaluación del desempeño (art. 113).
- Normativa de carrera profesional horizontal del PTGAS funcionario de la UEx. Resolución de 28 de agosto de 2026 (Acuerdo del Consejo de Gobierno de 28 de julio de 2026), publicada en el DOE n.º 174, de 9 de septiembre de 2026, pp. 38900-38932, con su anexo I sobre el nivel sénior. Entrada en vigor: 10 de septiembre de 2026. Abrir PDF oficial. Modifica la normativa publicada en el DOE de 29/12/2022.
- Reglamento del Sistema de Evaluación del Desempeño. Resolución de 31 de agosto de 2026 (mismo Acuerdo del Consejo de Gobierno), DOE n.º 174, pp. 38933-38953. Su calendario de implantación se extiende de octubre de 2026 al primer semestre de 2029 (art. 36). Abrir PDF oficial.
- Plan Anual de Valoración. Resolución de 3 de mayo de 2023, DOE n.º 89, de 11 de mayo de 2023, pp. 30217-30227: baremo, condiciones de acreditación y cláusula de prórroga automática. Abrir PDF oficial.
Antecedentes históricos de la negociación (no describen el estado actual): USO Informa nº 12 (junio de 2026) y el acuerdo alcanzado con USO, CSIF y UGT en la Mesa Negociadora de 3 de julio de 2026.
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